Alerta: buscamos a Killa Sisa Qhispe
Killa tiene 24 años, es una mujer trans kichwa y fue vista por última vez el domingo 27 de septiembre de 2026 en Zámbiza, Quito. En documentos puede aparecer como Killa Sisa Quishpe Quishpe. Si tienes información, llama al ECU 911 o al 1800 DELITO (335486). También: encontrarte.killa@proton.me. No difundas ubicaciones sensibles en redes.
Nota de verificación: Expreso, Metro Ecuador y Teleamazonas confirman la desaparición y recogen el relato de la pareja sobre las dificultades para formalizar la denuncia el domingo. La recepción cerca de las 16:00 del lunes y la alerta alrededor de las 17:00 provienen del texto de las organizaciones acompañantes; las fuentes abiertas revisadas estaban actualizadas antes de esos horarios.
1. La cronología de una respuesta que debía ser inmediata
Killa salió alrededor de las 09:00 después de un conflicto familiar. Llevaba computadora, billetera y documentos, pero no su teléfono. Su pareja afirma haber llamado al ECU 911 a las 11:00 y nuevamente a las 15:00. Según su testimonio, un agente indicó después que sin celular no podía hacerse rastreo y que solo un familiar directo podía denunciar. Más tarde, en Dinased-Solca, habría recibido la respuesta de que, por ser domingo, debía regresar al día siguiente.
Las organizaciones acompañantes informan que la denuncia fue recibida cerca de las 16:00 del lunes. Entre el primer reporte y ese momento transcurrieron aproximadamente 29 horas, resumidas en la movilización comunitaria como “unas 30 horas”. En una desaparición, el tiempo es información: cámaras, testimonios y trayectorias pueden perderse o volverse más difíciles de reconstruir.
2. No hay que esperar 24 horas ni ser familiar directo
El Protocolo de Actuación Interinstitucional para personas desaparecidas dispone que cualquier persona que conozca una presunta desaparición involuntaria puede denunciar ante Fiscalía o Dinased sin esperar un lapso determinado. También prevé atención durante fines de semana y feriados. La propia Fiscalía informa que una desaparición puede reportarse de inmediato.
Por eso, si fueron utilizadas para negar la atención, las frases “es domingo”, “solo familiar directo” y “sin celular no hay rastreo” deben ser investigadas. La ausencia de teléfono no elimina las demás diligencias de búsqueda y el parentesco biológico no es requisito para poner el hecho en conocimiento de la autoridad.
La Constitución ecuatoriana prohíbe la discriminación por identidad de género y protege la integridad y la vida libre de violencia. La Sentencia 66-18-IS/24 se inscribe en el desarrollo constitucional de reconocimiento de sexo y género. El reto es convertir el reconocimiento formal en protección efectiva.
3. Un estándar interamericano que también alcanza a las mujeres trans
La Convención de Belém do Pará obliga a actuar con debida diligencia frente a la violencia contra las mujeres. Campo Algodonero examinó retrasos y estereotipos en desapariciones; Vicky Hernández vs. Honduras aplicó la Convención en un caso de una mujer trans; y la OC-24/17 reconoce la identidad de género como categoría protegida por la Convención Americana.
Los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre búsqueda de personas desaparecidas exigen iniciar sin dilación y considerar factores diferenciales. En Killa confluyen género, identidad trans, juventud y pertenencia kichwa; la estrategia de búsqueda debe asumir esa complejidad.
4. Psicología forense: no asumir que una salida voluntaria equivale a estar a salvo
Una discusión familiar previa no permite cerrar el caso bajo una sola explicación. Desde la psicología forense deben mantenerse hipótesis alternativas y contrastarlas con evidencia. Las primeras horas son críticas porque los recuerdos son más frescos, las cámaras conservan registros y los rastros están menos degradados.
El modelo de estrés de minorías de Meyer, adaptado a personas trans por Hendricks y Testa, explica cómo rechazo y discriminación pueden acumular vulnerabilidad. La pareja de Killa puede aportar información de alto valor sobre rutinas, vínculos y estado emocional. Descartar ese conocimiento por no ser parentesco legal sería, además de jurídicamente cuestionable, investigativamente ineficiente.
Quienes buscan viven una pérdida ambigua, concepto de Pauline Boss: ausencia sin certeza, duelo sin cierre y alerta sostenida. Una institucionalidad sensible debe reducir, no amplificar, esa carga.
5. Orgullo, familias elegidas e interseccionalidad
Kath Weston mostró que las familias elegidas son redes reales de cuidado en comunidades LGBTIQ+. Dean Spade describe cómo procedimientos neutrales pueden transformarse en violencia administrativa; Miranda Fricker llama injusticia testimonial a la pérdida de credibilidad causada por prejuicios.
La interseccionalidad de Kimberlé Crenshaw permite comprender que Killa no vive el género, la identidad trans y la pertenencia indígena como compartimentos separados. Judith Butler invita a analizar qué vidas reciben reconocimiento y urgencia; Julia Serano aporta el concepto de transmisoginia; Rita Segato sitúa la violencia contra las mujeres dentro de estructuras sociales más amplias.
El Orgullo es comunidad cuando convierte la visibilidad en capacidad de cuidado, incidencia y búsqueda.
6. Seis exigencias concretas
- Búsqueda activa y permanente con enfoques de género e interculturalidad.
- Informe público sobre la atención institucional desde el primer reporte.
- Investigación administrativa si se confirma una negativa indebida.
- Capacitación operativa para ECU 911, Policía, Fiscalía y Dinased.
- Reconocimiento de familias elegidas y parejas como interlocutoras legítimas.
- Acompañamiento psicológico para quienes sostienen la búsqueda.
Cómo ayudar
Comparte la alerta, no rumores. Si tienes información, llama al ECU 911 o 1800 DELITO (335486). Evita publicar ubicaciones. Si alguien desaparece, denuncia inmediatamente: no hay que esperar 24 horas ni ser familiar directo.
Killa, Ecuador te busca. Que el Orgullo sea también una red de cuidado.
Fuentes y bibliografía
Prensa: Expreso, Metro Ecuador y Teleamazonas, 28/09/2026. Institucional: Fiscalía y Protocolo 2021.
Boss (1999); Butler (2006, 2010); CIDH (2015); Comité contra la Desaparición Forzada (2019); Constitución (2008); Corte Constitucional 66-18-IS/24 (2024); Corte IDH, Campo Algodonero (2009), OC-24/17 (2017), Vicky Hernández (2021); Crenshaw (1991); Fricker (2007); Hendricks y Testa (2012); Ley Orgánica de Actuación en Casos de Personas Desaparecidas y Extraviadas (2020); Meyer (2003); Belém do Pará (1994); Segato (2016); Serano (2007); Spade (2011); Weston (1991).
